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CUANDO LAS VÍCTIMAS DE ACOSO GRITAN, LA UNIVERSIDAD Y EL ESTADO CALLAN

Antes de verse obligada a denunciar públicamente las agresiones sexuales que sufrió en manos de sus compañeros de carrera, esta joven universitaria padeció las omisiones de quienes institucionalmente tenían que haberle escuchado y protegido: la Defensoría de los Derechos Universitarios (DDU) de la Universidad de Guadalajara y el Centro de Justicia para las Mujeres del Gobierno del estado de Jalisco. Ambas instancias, han generado condiciones que vulneran sistemáticamente sus derechos como víctima, entorpecen su acceso a la justicia, limitan las posibilidades de sanción a los responsables y con ello, le han expuesto a sufrir nuevos escenarios de violencia y revictimización.

Si bien, ambas instituciones cuentan con protocolos y reglamentos de actuación para atender casos de violencia, acoso y hostigamiento sexual, su proceder en esta ocasión ha dejado en evidencia la escasa voluntad política e institucional que existe para prevenir, sancionar y erradicar estos delitos en Jalisco.

Por: Dalia Souza / @DalhiaSouza

EL PRIMER CONTACTO

-Y tu mamá, ¿sabía que estabas ahí sola con hombres?

Preguntó el coordinador de la carrera de Médico, Cirujano y Partero del Centro Universitario de Ciencias de la Salud (CUCS) de la Universidad de Guadalajara (UdeG), luego de que Daniela acudiera a denunciar las vejaciones que sufrió en manos de uno de sus compañeros de clase.  

Quién te tocó, dónde te tocaron, con qué mano te tocaron y porqué fuiste sola a una casa de hombres siendo una mujer…

De estas preguntas contestó varias, todas ellas cargadas de supuestos que intentaron responsabilizarle de las situaciones que, le llevaron a estar en medio de los hechos perpetrados en su contra. Sin la presencia de un experto en acompañamiento psicológico le solicitó, también, que le relatara la agresión con detalles, justificándose en que “le estaría preparando para lo que le esperaba” si pretendía denunciar ante otras instancias.

Si bien, el Protocolo Universitario para Atender los Casos de Acoso y Hostigamiento de la Universidad de Guadalajara,establece que el Primer contacto podrá realizar, en caso de que lo acepte la presunta víctima, una entrevista en preparación para su denuncia”; ésta buscará que “la presunta víctima proporcione datos que permitan identificar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos y la identidad del presunto agresor” ello con el fin de “levantar un acta en la que consten de manera clara y concreta los hechos narrados” y que, “servirá de base para la presentación de la denuncia”.

No obstante, y, contrario a toda disposición, la declaración de la estudiante no terminó en un acta y/o expediente de denuncia, aún y cuando el documento establece que, es obligación del Primer contacto notificar a la Oficina del Abogado General y a la Comisión de Responsabilidades y Sanciones de la Universidad de Guadalajara durante los tres días hábiles siguientes a la presentación de la denuncia.

Ilustración de la página interactiva de ONU Mujeres titulada “Violencia contra las mujeres: Hechos que todo el mundo debe conocer”. Imagen: ONU Mujeres

UNA DEFENSORÍA DE CORTO ALCANCE

De las 80 quejas levantadas entre enero y abril de 2019, ante la Defensoría de los Derechos Universitarios (DDU), 48 corresponden a casos vinculados a hostigamiento y acoso sexual, es decir; el 60% de los casos atendidos por este órgano universitario; así lo aseguró su titular Dante Haro. Si bien explica que, a partir de enero la defensoría se ha encargado de atender directamente las denuncias de violencia, acoso y hostigamiento sexual en la UdeG, sus atribuciones no son vinculantes, por lo tanto, no puede emitir sanciones, sólo “medidas cautelares provisionales” como lo establece el Protocolo Universitario.

Dichas medidas son emitidas luego de que se presenta una queja ante la DDU y tras realizar una evaluación de los hechos que se denuncian, considerando la “urgencia, gravedad, frecuencia, posición de poder y probable recurrencia de la conducta denuncia, así como la inminencia de riesgo” precisa el mismo documento.

Sin embargo, en el caso de Daniela el proceso no siguió la ruta trazada, ya que, las medidas cautelares fueron emitidas previo a la presentación de una queja ante la visitaduría de la DDU y, luego de que el titular de la misma tuviera acceso a la carpeta de investigación del caso.

Según relata la madre de la joven, Haro se comunicó vía telefónica con ella con la intención de “ponerse a sus órdenes” y por ello, le hizo llegar una copia de la denuncia:

Dante Haro se pone en contacto conmigo y me dice que se pone a mis órdenes, que qué fue lo que pasó… Finalmente, con la confianza de que te está hablando el defensor de la universidad, me pide la copia de la denuncia y se la envío por correo.

Al día siguiente me doy cuenta de que emitieron medidas precautorias y que los estudiantes quedaron suspendidos. Le hablo a mi abogada y me cuestiona por qué hicieron eso, me dijo: “los están alertando”.

De acuerdo con el Protocolo Universitario: “estas medidas cautelares deberán notificarse al presunto agresor, a la presunta víctima, al titular de la dependencia de adscripción del presunto agresor”; no obstante, en medio de un proceso judicial abierto por un delito de agresión sexual, éstas, condicionan el acceso a la justicia de la víctima. Al mismo tiempo que, atentan contra su seguridad; así lo refiere Daniela, quien, tras la emisión de estas medidas, ha visto entorpecido el proceso de incorporación a su vida y actividades cotidianas: 

En las medidas precautorias que les entregaron a ellos está mi nombre. Casi, casi es como decirle “mira por culpa de quién te estamos suspendiendo”. Qué hicieron los agresores, difundir a toda la carrera de medicina “mira lo que nos hicieron, mira de lo que nos están acusando”. Estábamos jugando, era coto y se lo tomaron a mal.

Al cuestionarle al defensor de los derechos universitarios sobre si estas medidas irrumpen o no el proceso judicial, aseguró que “no afecta porque son vías separadas”.

Sin embargo, hay que decir, que los presuntos agresores interpusieron un amparo legal ante un Juez de Distrito y una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, argumentando que estas medidas atentan contra su derecho a la educación. Ambos procesos fueron dirigidos a la DDU y según refiere su titular, han sido atendidos justificando la relevancia de las medidas en virtud del riesgo y la gravedad de los delitos denunciados.   

Mientras tanto, Daniela ha sido obligada a modificar sus planes de vida y proyectos profesionales, a pensar en la posibilidad de asistir a otro centro universitario; e, incluso, se ha visto forzada a considerar la posibilidad de pausar sus estudios por un tiempo, hasta que la situación mejore o sus agresores sean sancionados conforme a la ley.

UNA DEFENSORÍA QUE NO DEFIENDE Y UN PROTOCOLO QUE NO FUNCIONA

“No necesitamos ese nivel de impunidad en la instancia que nos defiende” aseguran  las integrantes del movimiento  @MeTooUDG.

Para ellas, lo que experimentan las estudiantes que han sido víctimas de agresiones sexuales por parte de estudiantes del CUCS, “son un reflejo de lo que pasa dentro y fuera de la universidad”.

Por ello, consideran que es necesario que la Universidad de Guadalajara y en especial, la Defensoría de los Derechos Universitarios, “trabaje en equipo con la Fiscalía del Estado”, asumiendo esta última, un papel de “acompañante en la denuncia y no sólo –como- una oficina de recepción de quejas… Como se trabaja en este momento no nos ayuda a prevenir, eliminar y sancionar el acoso y hostigamiento” refieren.

Además de estos señalamientos, MeTooUDG lanzó una campaña de recolección de firmas a través de la plataforma digital Change.org. Nombrada “Cero Tolerancia a cualquier acto de acoso sexual en la UdG”, la acción busca reunir 15 mil firmas a favor de la modificación y/o adecuación de los “reglamentos internos” de la universidad “para implementar un Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción a las Conductas de Hostigamiento y Acosos, basado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.  

Y es que, el texto que la Universidad de Guadalajara presenta como Protocolo Universitario para Atender los Casos de Acoso y Hostigamiento de la Universidad de Guadalajaraes apenas un documento de trabajo que no ha logrado consolidarse y/o en su defecto aprobarse. Por ello, las integrantes del movimiento, proponen que este protocolo logre fortalecerse bajo el real principio de cero tolerancia y que, sumado a ello, incorporé -entre otros- los siguientes elementos básicos de atención, sanción y prevención de violencia hacia las mujeres:

  • Difusión e información del tema en la comunidad universitaria;
  • Prevención, erradicación y sanción la violencia hacia las mujeres dentro de los centros universitarios de la UdeG y escuelas incorporada.
  • Garantizar la confidencialidad en los procedimientos de atención a casos de violencia de género.
  • Brindar atención, orientación y acompañamiento en casos de violencia de género:
  • Establecimiento de medidas urgentes de protección,
  • Seguimiento al cumplimiento de las sanciones dentro y fuera de la universidad.

Finalmente, señalan que “la Universidad de Guadalajara no puede ser juez y parte, debe de actuar en coordinación con las autoridades competentes”, pues se han visto rebasados.

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Ilustración de la página interactiva de ONU Mujeres titulada “Violencia contra las mujeres: Hechos que todo el mundo debe conocer”. Imagen: ONU Mujeres

EL SEGUNDO ENCUENTRO: CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES

Daniela, permaneció nueve horas en las instalaciones del Centro de Justicia para las Mujeres y narró en al menos ocho ocasiones los hechos que rodearon su agresión, antes de que fuese levantada una denuncia penal en contra de su agresor y sus cómplices.

Aunque el Protocolo para la Atención de Usuarias y Víctimas del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Jalisco, establece en sus lineamientos que el modelo “se caracteriza por dar atención integral a las usuarias, buscando a toda costa evitar la revictimización”, lo que experimentó Daniela evidenció prácticas que contradicen estos principios.

La joven tuvo que narrar los hechos a la recepcionista que no tomó nota, a la señorita de la computadora que, si bien, aseguró que sería para “contextualizar al ministerio público”, no precisó ningún dato de los que le solicitó. Se lo contó al primero abogado, al segundo y al Ministerio Público, lo escribió en su declaración a puño y letra y se lo tuvo que decir también a la agente encargada de la Policía Investigadora.

Además, su expediente de investigación está mal integrado y no fueron giradas medidas preventivas para resguardar su seguridad frente a los agresores.

***

¿Tú eres la que va a denunciar abuso sexual? Preguntó el abogado que tomó la declaración de Daniela, lo hizo frente a todas las mujeres que se encontraban en la sala de espera.

Casi arrepentida entró a la oficina.

Sacó unas hojas, las colocó sobre el escritorio y antes de solicitarle que realizara su declaración por escrito, el servidor público le pidió a la joven que le relatara una vez más lo que le había sucedido, se justificó diciendo que era importante, ya que, su narración tenía que “convencer al juez” si es que buscaba que castigaran a los responsables.

Lo anoté como yo pensé que era, y precisa Daniela, en la vida (no) te preparan para venir aquí a denunciar abuso sexual y menos tener que escribirlo; a mí nunca me dieron una clase, donde me dijeran: “es que cómo eres mujer te va a tocar ser abusada alguna vez”, así que vas a tener que saber cómo escribir una declaración por abuso sexual.

SIN UN PARTE MÉDICO DE LESIONES

Aunque Daniela tenía severos hematomas ocasionados por las agresiones sufridas, no tenía un parte médico de lesiones que lo confirmaran. Si bien, lo hizo saber al abogado, éste decidió que su declaración no lo incluiría porque “eso tardaría más”:

Tú ponle ahí que no tienes lesiones y que no tienes parte médico y luego lo llevas al MP

Según le explicó:

Vamos a hacer una cosa, primero para que nos crea el juez es importante convencer al ministerio público, entonces, le vamos a poner que no tienes lesiones aquí, y lo vas a firmar. Luego, pasas con el ministerio público y le dices: “oye, sabes qué es que sí tengo moretes, pásame con el doctor” y ya ellos se van a arreglar para quede bien para el juez.

Esto no paso, no hay parte médico de lesiones en su carpeta de investigación y fue hasta un mes después que Daniela consiguió realizarse la evaluación médica.

SIN ATENCIÓN PSICOLÓGICA

Pasaron siete horas antes de que una psicóloga atendiera a Daniela en el proceso de denuncia, siete horas de espera para que la especialista permaneciera sólo 10 minutos acompañándola.  

-Quién es la que denunció abuso sexual, preguntó la persona que se presentó ante Daniela como psicóloga.

-Me dijeron que estabas llore y llore, insistió

Daniela ya se encontraba con el Ministerio Público a cargo de su caso y mientras éste le preguntaba una vez más sobre lo que le había pasado, la psicóloga miraba su celular:

Se quedó unos diez minutos en lo que él me seguía preguntando: Tus papás son divorciados, te ha violado tu papá, te tocó tu papá. Te han tocado, es la primera vez, te drogas…

-Yo volteo a ver a la psicóloga, y ella preguntaba si todo bien, mientras seguía en el celular y ya después me dijo: “si necesitan algo me llaman, igual y les dejo mi extensión”.

UN PROCESO PARA DESISTIR DE LA DENUNCIA

-Ya nada más quieres denunciar esto, porque como tal delito, son bien poquitos delitos, pero si quieres lo hacemos, le dijo el Ministerio Público luego de terminar de tomar los datos de los presuntos agresores

-¿Pero sí quieres denunciar? Insistió.

Ella contestó:

Llevo casi ocho horas aquí, así que de verdad sí quiero denunciar.

A decir del funcionario público, lo que paso “fue muy equis” como si se tratase de alguien que “sólo agarró una pompi en la calle”.

– Esos delitos no son bien penados aquí. Es que la neta, para que podamos denunciar bien, tiene que ser una violación fea, pero no pasó contigo, si no los demandan por violación fea la denuncia no procede.

No obstante, de acuerdo con el artículo 173 y 176 Bis del Código Penal del Estado de Jalisco, un agresor y/o acosador sexual podrían recibir una pena de hasta seis años de prisión. 

¡ATÓRELE!

-Uh no, apenas vamos empezando. Tienes que prepararte, tú me dijiste que querías denunciar, pues atórele… dijo el Ministerio Público a Daniela. 

Daniela le confirmó una vez más la decisión de continuar con la denuncia y fue llevada a lo que parecía ser el fin de un proceso tortuoso, desgastante, revictimizante, poco digno y escasamente apegado a derecho.

Ahora se encontraba frente a la agente de la Policía Investigadora, “atorándole” como le recomendó el Ministerio Público, narrando por octava ocasión lo que le había sucedido, escuchando cómo la funcionaría insistía en la difícil e inevitable tarea de relatar “cuantas veces sea solicitado” el evento más cruento en la historia de su vida y y esperando que por fin ese día concluyera.

Faltaba poco, eran casi las nueve de la noche…

Nota: Este trabajo periodístico es una investigación de Dalia Souza publicado en ZonaDocs.